viernes, 23 de marzo de 2018

Universidad de Extremadura. Escala de Auxiliares de Servicios.

Resolución de 5 de marzo de 2018, de la Universidad de Extremadura, por la que se convocan pruebas selectivas para ingreso, por el sistema de acceso libre, en la Escala de Auxiliares de Servicios.


En cumplimiento de lo dispuesto en los Estatutos de esta Universidad, aprobados por Decreto 65/2003, de 8 de mayo (DOE de 23 de mayo), y con el fin de atender las necesidades de personal funcionario de Administración y Servicios,
Esta Gerencia, en uso de la delegación de competencias que tiene atribuidas del Rector, por Resolución de 17 de diciembre de 2014 (DOE de 2 de enero de 2015), en relación con el artículo 2.2.e) de la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, así como en los Estatutos de esta Universidad, resuelve convocar pruebas selectivas para el ingreso en la Escala de Auxiliares de Servicios de la Universidad de Extremadura, con sujeción a las siguientes
Bases de la convocatoria
1. Normas generales
1.1 Se convocan pruebas selectivas para cubrir diez plazas de la Escala de Auxiliares de Servicios de la Universidad de Extremadura, subgrupo C2, mantenimiento básico y medios audiovisuales, mediante el sistema de concurso-oposición, derivada de la oferta de empleo público del Personal de Administración y Servicios de la Universidad correspondiente al año 2017, publicada en el «Diario Oficial de Extremadura» de 9 de agosto de 2017.
De las diez plazas, nueve serán a cubrir por el turno de acceso libre (cuatro en la especialidad de mantenimiento básico, y cinco en la especialidad de medios audiovisuales), y una en la especialidad de medios audiovisuales para ser cubierta por personas con discapacidad con grado de minusvalía igual o superior al 33 por 100, de acuerdo con lo previsto en el Decreto 47/2003, de 22 de abril, que regula el acceso de las personas con discapacidad al empleo público de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, modificado por Decreto 199/2006, de 28 de noviembre.
Si la plaza reservada para personas con discapacidad quedara vacante, se acumularía a las plazas convocadas para el turno libre.
Los aspirantes sólo podrán participar en uno de los turnos citados (acceso libre o reserva de personas con discapacidad). Podrán, no obstante, hacerlo en una o en las dos especialidades previstas (mantenimiento básico y medios audiovisuales).

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