lunes, 6 de julio de 2015

Cuerpo Especial Facultativo de Marina Civil.

Orden FOM/1340/2015, de 29 de junio, por la que se convoca proceso selectivo para ingreso, por el sistema general de acceso libre y promoción interna, en el Cuerpo Especial Facultativo de Marina Civil.


En cumplimiento de lo dispuesto en el Real Decreto 196/2015, de 22 de marzo (BOE del 23), por el que se aprueba la oferta de empleo público para el año 2015, y con el fin de atender las necesidades de personal de la Administración Pública.
Este Ministerio, en uso de las competencias que le están atribuidas en el artículo 13 de la Ley 6/1997, de 14 de abril, de Organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado, previo informe favorable de la Dirección General de la Función Pública, acuerda convocar proceso selectivo para ingreso en el Cuerpo Especial Facultativo de Marina Civil.
La presente convocatoria tendrá en cuenta el principio de igualdad de trato entre hombres y mujeres por lo que se refiere al acceso al empleo, de acuerdo con el artículo 14 de la Constitución Española, la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público, la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres, y el Acuerdo del Consejo de Ministros de 28 de enero de 2011 por el que se aprueba el I Plan para la Igualdad entre Mujeres y Hombres en la Administración General del Estado y en sus Organismos Públicos, y se desarrollará de acuerdo con las siguientes.
Bases específicas
La presente convocatoria se publicará en el punto de acceso general http://administracion.gob.es/ y en el portal del Ministerio de Fomento http://www.fomento.gob.es/.
1. Descripción de las plazas
1.1 Se convoca proceso selectivo para cubrir 10 plazas del Cuerpo Especial Facultativo de Marina Civil, Código 0006, por el sistema general de acceso libre, y tres plazas por el sistema de promoción interna, ambas comprendidas en el Real Decreto 196/2015, de 22 de marzo.
1.2 En el caso de que las plazas convocadas por el sistema de promoción interna quedaran vacantes no podrán acumularse a las de la convocatoria de acceso libre, según lo establecido en el artículo 79 del Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo (BOE de 15 de abril).
1.3 Los aspirantes sólo podrán participar en una de las dos convocatorias.

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