miércoles, 3 de mayo de 2017

Escala de Cabos y Guardias del Cuerpo de la Guardia Civil.

Resolución 160/38097/2017, de 27 de abril, de la Dirección General de la Guardia Civil, por la que se convocan pruebas selectivas para el ingreso en los centros docentes de formación, para la incorporación a la Escala de Cabos y Guardias del Cuerpo de la Guardia Civil.


De conformidad con lo establecido en el Real Decreto-ley 6/2017, de 31 de marzo («Boletín Oficial del Estado» número 78, de 1 de abril), por el que se aprueba la oferta de empleo público en los ámbitos de personal docente no universitario y universitario, Fuerzas Armadas, Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado y Cuerpos de Policía dependientes de las Comunidades Autónomas para 2017, y en uso de las competencias que me están atribuidas en el apartado f, del artículo 12 de la Ley 29/2014, de 28 de noviembre, de Régimen del Personal de la Guardia Civil, dispongo lo siguiente:
Primero.
Convocar pruebas selectivas para el ingreso por acceso directo, por el sistema de concurso-oposición, en los centros docentes de formación de la Guardia Civil para la incorporación a la Escala de Cabos y Guardias de dicho Cuerpo, con objeto de completar la referida oferta de empleo público.
Segundo.
La presente convocatoria tiene en cuenta el principio de igualdad de trato entre mujeres y hombres por lo que se refiere al acceso al empleo, de acuerdo con el artículo 14 de la Constitución, la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres, y lo previsto en el II Plan para la Igualdad entre mujeres y hombres en la Administración General del Estado y en sus Organismos Públicos de 20 de noviembre de 2015.
Tercero.
Las pruebas selectivas se regirán por las siguientes disposiciones:
Ley 29/2014, de 28 de noviembre, de Régimen del Personal de la Guardia Civil.
Ley 8/2006, de 24 de abril, de Tropa y Marinería.
Reglamento general de ingreso en los centros docentes de formación del Cuerpo de la Guardia Civil, aprobado por Real Decreto 597/2002, de 28 de junio, en lo que no se oponga a lo dispuesto en la Ley 29/2014, de 28 de noviembre, de Régimen del Personal de la Guardia Civil.
Bases y circunstancias aplicables a los procesos selectivos para ingreso en los centros docentes militares de formación para el acceso a la Escala de Cabos y Guardias de la Guardia Civil, aprobadas por Orden del Ministerio de la Presidencia de 9 de abril de 1996 («Boletín Oficial del Estado» número 92), y sus modificaciones posteriores.
Orden del Ministerio de la Presidencia de 12 de abril de 2000 («Boletín Oficial del Estado» número 91), por la que se dan normas para la realización de las pruebas de aptitud física en los procesos selectivos para acceso a la enseñanza militar de formación para adquirir la condición de militar de carrera, militar de complemento y militar de carrera de la Guardia Civil.
Las bases que se aprueban por esta Resolución, y que se publican como Anexo a ella.
Cuarto.
El General Jefe de la Jefatura de Enseñanza de la Guardia Civil adoptará las disposiciones necesarias para llevar a cabo el proceso selectivo.
Madrid, 27 de abril de 2017.–El Director General de la Guardia Civil,José Manuel Holgado Merino.
ANEXO
Bases de la convocatoria
1. Normas generales
1.1 En virtud del artículo 2.4 del Real Decreto-ley 6/2017, de 31 de marzo («Boletín Oficial del Estado» número 78, de 1 de abril), por el que se aprueba la oferta de empleo público en los ámbitos de personal docente no universitario y universitario, Fuerzas Armadas, Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado y Cuerpos de Policía dependientes de las Comunidades Autónomas para 2017, se convocan pruebas selectivas, por el sistema de concurso-oposición, para cubrir mil ochocientas una (1801) plazas para el acceso directo en la Escala de Cabos y Guardias de la Guardia Civil, distribuidas de la siguiente forma:
a) Setecientas veintiuna (721) plazas para militares profesionales de tropa y marinería de las Fuerzas Armadas que lleven, como mínimo, cinco años de servicios efectivos como tales el día 2 de octubre de 2017, fecha prevista de incorporación al centro docente de formación.
b) Ciento setenta y cinco (175) plazas para los alumnos del Colegio de Guardias Jóvenes.
c) Novecientas cinco (905) plazas libres.
1.2 Las plazas reservadas para militares profesionales de tropa y marinería y para los alumnos del Colegio de Guardias Jóvenes, mencionadas en los párrafos anteriores, que no sean cubiertas por cualquier motivo, se acumularán al cupo de plazas libres.

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